VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

Conforme la ley provincial n° 9283 modificada por la ley n° 10400, se entiende por violencia familiar toda acción, omisión o abuso dirigido a dominar, someter, controlar o agredir la integridad física, psíquica, moral, psicoemocional, sexual y/o la libertad de una persona en el ámbito familiar, aunque esa actitud no configure delito.

Asimismo, quedan comprendidas en esta normativa, las mujeres que fueren víctimas de violencia de género producida con la modalidad doméstica con el alcance previsto en el inciso a) del artículo 6º de la Ley Nacional Nº 26485.

Ley 9.283 de Violencia Familiar

Conforme Ley 26.485, se entiende por violencia contra las mujeres a toda conducta -por acción u omisión- basada en razones de género, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el espacio analógico digital, basada en una relación desigual de poder; afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política o su seguridad personal. Quedan comprendidas aquellas realizadas desde el Estado o por sus agentes.

En la provincia de Córdoba la Ley 10.401 establece los aspectos jurisdiccionales, procesales y administrativos vinculados a la aplicación de las disposiciones de la ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Ley 10.401 de Protección integral a las víctimas de violencia, a la mujer por cuestión de género, en el marco procesal, administrativo y jurisdiccional

Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres

Cualquier persona puede denunciar un hecho de violencia familiar y/o de violencia de género.

Ahora bien, están obligados a denunciar las personas que se desempeñen en servicios asistenciales, policiales, sociales, educativos, de justicia y de salud y, en general, quienes desde el ámbito público o privado, con motivo o en ocasión de sus funciones, tomen conocimiento de un hecho de violencia o sospechen fundadamente de su existencia, quedando liberados del secreto profesional a tal efecto, si así correspondiere. El denunciante lo hará en carácter de identidad reservada.

EN CAPITAL
- Unidad Judicial de Violencia Familiar.
- Unidades Judiciales.
- Fiscalías de Instrucción en turno.
En caso de hechos NO penales:
- En la Mesa de Entrada de Denuncias por Violencia Familiar y Género.
- Línea gratuita 0800 888 9898 perteneciente a la Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personal del Ministerio de la Mujer.

EN INTERIOR PROVINCIAL
- Unidades Judiciales.
- Fiscalías de Instrucción.
- Comisarías.
- Juzgados de Paz.
En caso de hechos NO penales:
- Línea gratuita 0800 888 9898 perteneciente a la Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personal del Ministerio de la Mujer.
*En todos los casos, los datos de contacto se encuentran debajo, en esta misma sección web.

Tanto la identidad del denunciante como las actuaciones generadas y el registro habilitado tienen el carácter de reservado. Todo agente o funcionario administrativo o judicial está obligado a guardar secreto.

Todos los juzgados con competencia en Violencia Familiar y Género de la provincia. En la sede capital se crearon dos juzgados –actualmente integrados al Tribunal de Gestión Asociada- con competencia exclusiva en violencia de género en la modalidad doméstica, a los que se les asignó la competencia de aquellas causas que podrían desencadenar resultados más gravosos. Estos se determinan por la presencia de alguno de los indicadores de gravedad incluidos en el formulario de denuncias que refieren a: tenencia de armas de fuego; uso de cuchillos, navajas, hachas, machetes u otros elementos capaces de producir daño en la victima; amenaza o utilización de fuego o sustancias inflamables sobre la victima; maltrato a víctimas embarazadas; denunciados pertenecientes o que pertenecieron a las fuerzas armadas, policiales o militares.

Quedan comprendidas dentro del procedimiento de violencia familiar las personas que sufriesen lesiones o malos tratos físicos o psíquicos por parte de algunos de los integrantes del grupo familiar, entendiéndose por tal el surgido del matrimonio, de uniones convivenciales o de relaciones afectivas, sean convivientes o no, persista o haya cesado el vínculo, comprendiendo ascendientes, descendientes, colaterales y afines, como asimismo las mujeres que fueren víctimas de violencia de género producida con la modalidad doméstica con el alcance previsto en el inciso a) del artículo 6º de la Ley Nacional Nº 26485.

TIPOS DE VIOLENCIA FAMILIAR

¿Dónde denunciar?

Capital

Entre Ríos 680, Bº Centro, ciudad de Córdoba (emplazada en el Polo Integral de la Mujer)
Tel: (0351) 4481616 – Int. 30641/2
Horario de atención: Las 24 horas del día y los 365 días del año.
Aclaración: Intervendrá en los hechos derivados de la violencia de género, familiar o doméstica que por su gravedad y/o complejidad requieran el tratamiento por parte del personal especializado en las distintas disciplinas que la abordan. Tendrá también intervención en los hechos delictivos calificados legalmente como supresión y suposición de estado civil de las personas.

Unidades Judiciales de Capital
Horario de atención: Las 24 horas del día y los 365 días del año.
Aclaración: El personal de las unidades judiciales tiene la obligación de receptar las denuncias, aunque el hecho denunciado no configure delito.

Fiscalías de Instrucción de turno en capital
Fructuoso Rivera N° 720 de la Ciudad de Córdoba - Polo Judicial.
Tel: (0351) 4266800 - 4266900
Horario de atención: De 8 a 14 horas.

San Jerónimo 258, B° Centro, ciudad de Córdoba.
Tel: (0351) 4481000 int. 11983.
Horario de atención de 8 a 20 hs.
Aclaración: Recepta y deriva denuncias en materia de violencia familiar y de género, siempre que la conducta del agresor no constituya delito.

Depende de la Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas del Ministerio de la Mujer de la Provincia de Córdoba.
Tel: 0800-888-9898
Aclaración: Se receptan denuncias las 24 hs. siempre que la agresión no constituya una conducta delictiva. El solicitante puede solicitar reserva de su identidad.

INTERIOR

Unidades Judiciales del interior provincial
Horario de atención: Las 24 horas del día y los 365 días del año.
Aclaración: El personal de las unidades judiciales tiene la obligación de receptar las denuncias, aunque el hecho denunciado no configure delito.

Las Comisarías dependen de la Policía de la Provincia de Córdoba y entre sus funciones tienen la de receptar las denuncias de violencia familiar.

Cuando no se cuente con acceso a los lugares mencionados precedentemente, se podrán formular denuncias por violencia familiar ante los juzgados de paz.

Depende de la Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas del Ministerio de la Mujer de la Provincia de Córdoba.
Tel: 0800-888-9898
Aclaración: Se receptan denuncias las 24 hs. siempre que la agresión no constituya una conducta delictiva. El solicitante puede solicitar reserva de su identidad.


Reforma integral del Servicio de Guarda y Adopción del Poder Judicial

El 22 de septiembre de 2023 se presentó la plataforma digital del Registro Único de Adopciones. Esta innovación tecnológica permite la tramitación electrónica de las actuaciones llevadas a cabo ante el Servicio de Guarda y Adopción, agiliza el proceso de inscripción en el Registro, despapeliza y desburocratiza el trámite. Asimismo, se incorporó mayor accesibilidad y seguridad en la gestión electrónica de información altamente sensible.

Aquellas personas interesadas en adoptar acceden de manera virtual a un curso informativo de carácter obligatorio, cuya aprobación los habilita a completar una declaración jurada y cargar la documentación solicitada de manera simple y en línea.

Estas modificaciones fueron acompañadas de una simplificación en los requisitos para solicitar la inscripción, lo que implica un cambio sustancial en relación a la documentación exigida y otorga de mayor celeridad y accesibilidad al trámite.

Se agiliza la sistematización y carga de las valoraciones realizadas por las profesionales del equipo técnico y se facilita el armado y envío de los legajos informáticos de cada proyecto adoptivo a los juzgados solicitantes en toda la provincia.

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