Cualquier persona puede denunciar un hecho de violencia familiar y/o de violencia de género.
Ahora bien, están obligados a denunciar las personas que se desempeñen en servicios asistenciales, policiales, sociales, educativos, de justicia y de salud y, en general, quienes desde el ámbito público o privado, con motivo o en ocasión de sus funciones, tomen conocimiento de un hecho de violencia o sospechen fundadamente de su existencia, quedando liberados del secreto profesional a tal efecto, si así correspondiere. El denunciante lo hará en carácter de identidad reservada.